La compra de un negocio—Venta de Activos vs. equidad Venta

Al considerar la venta de un negocio, la estructura legal de la venta es una importante consideración inicial. Dos de las formas más comunes de estructuración de la venta de una empresa privada son: venta de activos y ventas de acciones. La determinación de la estructura puede ser un reto porque los compradores y vendedores han competencia de intereses y perspectivas diferentes. Por regla general, los compradores prefieren la venta de activos, y los vendedores prefieren ventas de acciones. Considera lo siguiente…

Venta de activos

En una venta de activos, las compras del comprador sólo aquellos activos que desea. Los compradores suelen favorecer a esta estructura por su flexibilidad. Ellos pueden escoger y elegir los activos que deseen adquirir y, como regla general, el comprador no asume las responsabilidades del vendedor. Al igual que con cualquier norma, hay excepciones. Bajo ciertas leyes (e.g., leyes ambientales) y los principios de derecho común (e.g., responsabilidad del sucesor), un comprador puede, sin embargo, “heredar” pasivos del vendedor. En muchos casos, el riesgo de heredar pasivos del vendedor puede ser mitigado mediante protecciones contractuales y prácticas comerciales. A veces, puede haber una razón de negocios para asumir una responsabilidad del vendedor, y, Claro, el comprador puede hacerlo si el comprador desea.

Una venta de activos puede ser más complejo y requiere mucho tiempo de una venta de capital debido a la necesidad de identificar y transferir cada activo importante. La mayoría de los activos tangibles, tales como equipos, puede ser fácilmente transferido por una factura de venta u otro instrumento del título. Activos intangibles, como la propiedad intelectual requiere una asignación separada. Se requerirá una escritura de transferencia de bienes inmuebles (e.g., tierra y edificios). Si los activos principales incluyen acuerdos de clientes del vendedor, el consentimiento de la otra parte en el contrato puede ser requerida para una transferencia. Y, a veces, activos clave (e.g., permisos y licencias) no son transferibles en absoluto.

equidad Venta

En una venta de la equidad, el comprador más típicamente adquiere la totalidad del capital en la empresa de los accionistas. En una venta de la equidad, la empresa se mantiene exactamente los mismos: sus activos y pasivos sin cambios. Lo único que cambia es que los propietarios de la entidad. Si la entidad en cuestión es una corporación, el comprador comprará las acciones de la empresa de sus accionistas. Si la entidad en cuestión es una sociedad de responsabilidad limitada (“LLC”), el comprador adquirirá los intereses LLC de la compañía de sus miembros. Así, una venta de la participación, puede ser muy atractivo, donde los principales activos de la empresa no se pueden transferir fácilmente. Al mismo tiempo, contratos principales de la compañía (e.g., acuerdos de préstamo y arrendamiento de locales comerciales) puede requerir el consentimiento de la otra parte en el caso de una “cambio de control,” tales como la venta de una participación de control del capital de la empresa. también, la medida en que el pasivo-tanto de la compañía conocidos y desconocidos, permanecen en la empresa, diligencia debida vuelve aún más importante. también, el comprador querrá negociar las declaraciones y garantías relativas a los activos y pasivos de la empresa, y también va a querer establecer un depósito en garantía, obtener una garantía, o establecer otros mecanismos para que haya una posibilidad razonable para recuperar las pérdidas en el caso de las declaraciones y garantías del vendedor demuestran ser falsa.

Conclusión

Hay numerosas maneras de estructurar una venta de una empresa de propiedad privada. venta de activos y ventas de acciones son las más comunes. Cada estructura presenta retos únicos y plantea importantes consecuencias legales y fiscales. Así, si usted es el comprador o el vendedor, asesoramiento profesional competente es clave para diseñar una estructura de venta mutuamente ventajosa.

Barry F. Gartenberg, L.L.C.
Abogado en la ley
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RENUNCIA: Este blog se proporciona únicamente para el interés general del lector. No es un consejo u opinión legal. asesoría jurídica y de opinión son proporcionados por la empresa sólo después del acoplamiento con respecto a las situaciones de hecho concretas.